Interpretación CINIIF 21Ejemplos Ilustrativos

Estos ejemplos acompañan a la CINIIF 21, pero no son parte de la misma.

EI1

El objetivo de estos ejemplos es ilustrar la forma en que una entidad debería contabilizar un pasivo para pagar un gravamen en sus estados financieros anuales y en su información financiera intermedia.

Ejemplo 1—Un gravamen se genera de forma progresiva a medida que la entidad obtiene el ingreso de actividades ordinarias
El periodo sobre el que informa la Entidad A finaliza el 31 de diciembre. De acuerdo con la legislación, se genera un gravamen de forma progresiva a medida que una entidad obtiene ingresos de actividades ordinarias en 20X1. El importe del gravamen se calcula por referencia al ingreso de actividades ordinarias generado por la entidad en 20X1.
En este ejemplo, el pasivo se reconoce de forma progresiva durante 20X1 a medida que la Entidad A genera el ingreso de actividades ordinarias, porque el suceso que da origen a la obligación, en los términos señalados por la legislación, es la obtención de ingresos de actividades ordinarias durante 20X1. En cualquier momento del 20X1, la Entidad A tiene una obligación presente de pagar un gravamen por los ingresos de actividades ordinarias generados hasta la fecha. La entidad A no tiene la obligación presente de pagar un gravamen que surgirá de la obtención de ingresos de actividades ordinarias en el futuro.
En la información financiera intermedia (si la hubiera), el pasivo se reconocerá de forma progresiva a medida que la Entidad A obtiene dichos ingresos. La Entidad A tiene una obligación presente de pagar el gravamen por los ingresos de actividades ordinarias generados desde el 1 de enero de 20X1 hasta el final de periodo intermedio.
Ejemplo 2—Un gravamen se genera totalmente tan pronto como la entidad genera el ingreso de actividades ordinarias
El periodo sobre el que informa la Entidad B finaliza el 31 de diciembre. De acuerdo con la legislación, se genera el total del gravamen tan pronto como una entidad obtiene ingresos de actividades ordinarias en 20X1. El importe del gravamen se calcula por referencia al ingreso de actividades ordinarias generado por la entidad en 20X0. La Entidad B obtuvo ingresos de actividades ordinarias en 20X0, y en 20X1 comienza a producir ingresos de actividades ordinarias el 3 de enero de 20X1.
En este ejemplo, el pasivo se reconoce totalmente el 3 de enero de 20X1 porque el suceso que da origen a la obligación, en los términos señalados por la legislación, es la primera vez que obtiene ingresos de actividades ordinarias en 20X1. La generación de ingresos de actividades ordinarias en 20X0 es necesaria, pero no suficiente, para crear una obligación presente. Antes del 3 de enero de 20X1, la Entidad B no tiene una obligación presente de pagar un gravamen. En otras palabras, la actividad que produce el pago del gravamen, en los términos señalados por la legislación, es el momento en el que la Entidad B obtiene por primera vez los ingresos de actividades ordinarias en 20X1. La generación de ingresos de actividades ordinarias en 20X0 no es la actividad que produce el pago del gravamen y el reconocimiento del pasivo. El importe de ingresos de actividades ordinarias obtenido en 20X0 solo afecta a la medición del pasivo.
En la información financiera intermedia (si la hubiera), el pasivo se reconocerá totalmente en el primer periodo intermedio de 20X1 porque el pasivo se reconoce totalmente el 3 de enero de 20X1.
Ejemplo 3—Un gravamen se produce totalmente si la entidad opera como un banco en una fecha especificada
La entidad C es un banco y tiene un periodo sobre el que informa que finaliza el 31 de diciembre. De acuerdo con la legislación, solo se produce un gravamen en su totalidad si una entidad opera como un banco al final del periodo anual sobre el que se informa. El importe del gravamen se calcula por referencia a los importes en el estado de situación financiera de la entidad al final del periodo anual sobre el que se informa. El final del periodo anual sobre el que informa la Entidad C es el 31 de diciembre de 20X1.
En este ejemplo, el pasivo se reconoce el 31 de diciembre de 20X1 porque el suceso que da origen a la obligación, en los términos señalados por la legislación, es que la Entidad C opera como un banco al final del periodo anual sobre el que se informa. Antes de ese momento, la Entidad C no tiene una obligación presente de pagar un gravamen, incluso si está obligada económicamente a continuar operando como un banco en el futuro. En otras palabras, la actividad que genera el pago del gravamen, en los términos señalados por la legislación, es que la entidad opera como un banco al final del periodo anual sobre el que se informa, lo cual no tiene lugar hasta el 31 de diciembre de 20X1. La conclusión no cambiaría incluso si el importe del pasivo se basa en la duración del periodo sobre el que se informa, porque el suceso que da origen a la obligación es que la entidad opere como un banco al final del periodo anual sobre el que se informa.
En la información financiera intermedia (si la hubiera), el pasivo se reconocerá totalmente en el periodo intermedio en que queda el 31 de diciembre de 20X1 porque el pasivo se reconoce totalmente en esa fecha.
Ejemplo 4—Un gravamen se genera si la entidad obtiene ingresos de actividades ordinarias por encima de un importe mínimo
El periodo sobre el que informa la Entidad D finaliza el 31 de diciembre. De acuerdo con la legislación, se genera un gravamen si una entidad obtiene ingresos de actividades ordinarias por encima de 50 millones de u.m. en 20X1. (a) El importe del gravamen se calcula por referencia al ingreso de actividades ordinarias obtenido por encima de 50 millones de u.m., con la tasa de gravamen al 0 por ciento para los primeros 50 millones de u.m. de ingresos de actividades ordinarias obtenidos (por debajo del umbral) y al 2 por ciento por encima de los 50 millones de u.m. de ingresos de actividades ordinarias. La Entidad D alcanza el umbral de 50 millones de u.m. de ingresos de actividades ordinarias el 17 de julio de 20X1.
En este ejemplo, el pasivo se reconoce entre el 17 de julio y el 31 de diciembre de 20X1 a medida que la Entidad D obtiene ingresos de actividades ordinarias por encima del umbral porque el suceso que da origen a la obligación, en los términos señalados por la legislación, es la actividad realizada después de alcanzar el umbral (es decir, la obtención de ingresos de actividades ordinarias después de haber alcanzado el umbral). El importe del pasivo se basa en el ingreso de actividades ordinarias obtenido hasta la fecha en que supera el umbral de 50 millones de u.m. de ingresos de actividades ordinarias.
En la información financiera intermedia (si la hubiera), el pasivo se reconoce entre el 17 de julio y el 31 de diciembre de 20X1 a medida que la Entidad D obtiene ingresos de actividades ordinarias por encima del umbral.
 
Variación:
Algunos parámetros de hechos como los anteriores (es decir se genera un gravamen si la Entidad D obtiene ingresos de actividades ordinarias por encima de 50 millones de u.m. en 20X1), excepto que el importe del gravamen se calcule sobre todos los ingresos de actividades ordinarias generados por la Entidad D en 20X1 (es decir incluyendo los primeros 50 millones de u.m. de ingresos de actividades ordinarias obtenidos en 20X1).
En este ejemplo, el pasivo para el pago del gravamen relacionado con los primeros 50 millones de u.m. de ingresos de actividades ordinarias se reconoce el 17 de julio de 20X1 cuando se alcanza el umbral porque el suceso que da origen a la obligación, en los términos señalados por la legislación, para el pago de ese importe es el alcance del umbral. El pasivo por el pago del gravamen relacionado con el ingreso de actividades ordinarias por encima del umbral se reconoce entre el 17 de julio y el 31 de diciembre de 20X1 a medida que la entidad obtiene ingresos de actividades ordinarias por encima del umbral porque el suceso que da origen a la obligación, en los términos señalados por la legislación, es la actividad realizada después de alcanzar el umbral (es decir la obtención de ingresos de actividades ordinarias después de haber alcanzado el umbral). El importe del pasivo se basa en el ingreso de actividades ordinarias obtenido hasta la fecha, incluyendo los primeros 50 millones de u.m. de ingresos de actividades ordinarias. Una entidad aplicará los mismos principios de reconocimiento en la información financiera intermedia (si la hubiera) que aplica en los estados financieros anuales.
(a)

En esta Interpretación, los importes monetarios se denominan en “unidades monetarias” (u.m.).